El Código de Conducta para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes en Viajes y Turismo es una herramienta de responsabilidad social corporativa, que permite desde la visión de la Convención de los Derechos del Niño, diseñar acciones específicas para la prevención, detección y denuncia de la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes, del trabajo infantil y el trabajo adolescente informal, y de la trata de personas.
Es una iniciativa de la Secretaría de Turismo de la Nación, en la cuál AFEET Argentina participa desde el año 2008, como miembro del Comité de Implementación de dicho Código, junto a organizaciones como CASACIDN / ECPAT Argentina.
AFEET Argentina ha asumido, desde 1998, el compromiso de prevenir la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes en el sector turístico nacional, para ello realizó cuatro foros nacionales y regionales que contaron con la participación de destacados especialistas,. Estas acciones le valieron el reconocimiento como organización pionera en promover la campaña que la Organización Mundial del Turismo creara para tal fin.
En el año 2001 la SecTur nombró a AFEET Argentina nexo ante la OMT, para desarrollar acciones de sensibilización y difusión para prevención de la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes. Ese mismo año participó de la campaña contra la trata, promovida por la Organización Mujeres en Igualdad.
El Código Ético Mundial para el Turismo (aprobado por unanimidad en la reunión de la Asamblea General de la Organización Mundial del Turismo, llevada a cabo en Santiago de Chile en octubre de 1999), enuncia en su Artículo 2° inciso 3 que: “La explotación de seres humanos, en cualquiera de sus formas, especialmente la sexual, y en particular cuando afecta a los niños, vulnera los objetivos fundamentales del turismo y constituye una negación de su esencia”.
Las organizaciones que asumen este compromiso deben implementar como parte de su gestión los siguientes seis criterios:
- Establecer y comunicar la política ética de la organización en lo que se refiere a la Protección de los Derechos de los niños, niñas y adolescentes.
- Educar y formar al personal de la organización.
- Introducir una cláusula en los contratos con proveedores, en la que se informe el rechazo a la explotación de niñas, niños y adolescentes y la adhesión al Código de Conducta para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, como herramienta de responsabilidad social empresaria.
- Proporcionar información a los viajeros sobre el compromiso de la empresa para protección de niñas, niños y adolescentes.
- Proporcionar información a los agentes locales clave de la/s localidad/es en que desempeña su actividad.
- Evaluar y emitir un informe anual, que contenga el reporte de las acciones desarrolladas para implementar estos criterios, y enviarlo a: infancia@turismo.gob.ar.
AFEET Argentina invita a los prestadores turísticos a sumarse a estas acciones de protección de l@s niñ@s, para los cuál ofrece charlas informativas.
Consultas: afeet@afeetargentina.org.ar